| Directiva RoHS de la UE (texto completo) | | | | | |
De conformidad con el artículo 1 del Tratado de la Comunidad Europea251Artículo y de conformidad con el procedimiento previsto en el2002año11Luna8DíaTexto conjunto aprobado, Considerando que: (1) las diferencias entre las regulaciones o medidas administrativas establecidas por los Estados Miembros para limitar el uso de sustancias nocivas en equipos electrónicos y eléctricos pueden generar barreras comerciales y distorsionar la competencia dentro de la comunidad, e incluso tener un impacto directo en el establecimiento del mercado único y su funcionamiento. Por lo tanto, es necesario coordinar las regulaciones de los Estados Miembros en este campo para facilitar la protección de la salud humana y el reciclaje y tratamiento de equipos electrónicos y eléctricos desechados que cumplan con los requisitos ambientales. (2El Consejo de la UE2000año12Luna7-.9En su reunión celebrada en Niza el pasado día, el Consejo de Ministros aprobó2000año12Luna4DíaDecisión adoptada sobre el principio de prevención. (3) Comisión Europea1996año7Luna30DíaLa comunicación que revisa la estrategia comunitaria de gestión de residuos destaca la necesidad de reducir el contenido de sustancias nocivas en los residuos y señala los posibles beneficios de establecer regulaciones comunitarias que restrinjan el uso de estas sustancias nocivas en productos y procesos de procesamiento. (4) Consejo1988año1Luna25DíaPara eliminar el cadmioLa decisión del plan de acción comunitario para la contaminación ambiental obliga a la Comisión Europea a desarrollar sin demora las medidas excepcionales del plan. La salud humana también debe protegerse, por lo que debe implementarse una estrategia general para limitar especialmente el uso del cadmio y acelerar el estudio de sus alternativas. La decisión subraya que el uso del cadmio debe restringirse sin opciones adecuadas y más seguras. (5) La evidencia indica que el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo2003año1Luna27DíaSobre el desguace de equipos electrónicos y eléctricos2002/96/CELas medidas de recogida, tratamiento, reciclaje y eliminación de equipos electrónicos y eléctricos desechados establecidas en la Directiva son necesarias para reducir los problemas de gestión de residuos relacionados con los metales pesados y los retardantes de llama involucrados. Sin embargo, a pesar de esas medidas, en la actual eliminación de residuos se seguirá detectando una parte sustancial de los equipos electrónicos y eléctricos desechados. Incluso si los equipos electrónicos y eléctricos desechados se clasifican para su recogida y se respetan los procedimientos de reciclaje, el cadmio, el plomo, el cromo hexavalente y el polibromobilbenceno..PBB), polibromodiéter (pbde)PBDELos ingredientes todavía pueden representar un peligro para la salud humana y el medio ambiente. (6) la forma eficaz de garantizar una reducción significativa de los riesgos para la salud y el medio ambiente derivados de estas sustancias, teniendo en cuenta la viabilidad técnica y económica, y de lograr el nivel de protección elegido en la comunidad, es sustituirlas por sustancias seguras o más seguras en los equipos electrónicos y eléctricos. Limitar el uso de estas sustancias nocivas es aumentar la posibilidad y los beneficios económicos del reciclaje de equipos electrónicos y eléctricos desechados y reducir sus efectos negativos en la salud de los trabajadores de las plantas de reciclaje. (7) para la investigación científica y la evaluación de las sustancias reguladas por la presente directiva, han sido reguladas por diferentes medidas a nivel comunitario y de los Estados Miembros. (8) las medidas previstas en la presente Directiva tienen en cuenta las directrices y recomendaciones existentes y se basan en una evaluación de la información científica y técnica disponible. Debido a que la falta de medidas puede generar riesgos en la comunidad, estas medidas son necesarias para lograr el nivel de protección elegido para la salud humana y animal y el medio ambiente. Estas medidas deben revisarse a tiempo y, si es necesario, pueden ajustarse teniendo en cuenta la información científica y tecnológica obtenida. (9) la aplicación de la presente Directiva no afectará a la legislación comunitaria en materia de requisitos de seguridad e higiene y a la legislación comunitaria especial sobre gestión de residuos, en particular1991año3Luna18DíaConsejo sobre el contenido de ciertas sustancias peligrosasBaterías y baterías91/157/CEEInstrucción número uno. (10) se debe considerar que no contiene metales pesados, polibromodifenéter..PBDE(...)yPolibromobilbenceno..PBBDesarrollo Tecnológico de equipos electrónicos y eléctricos. Una vez obtenida la evidencia científica y teniendo en cuenta el principio de prevención, se debe comprobar si se puede prohibir el uso de otras sustancias nocivas y reemplazarlas por alternativas más respetuosas con el medio ambiente que garanticen que la protección de los consumidores no sea inferior al mismo nivel. (11) puede eximirse del requisito de aplicar alternativas si, desde el punto de vista científico y tecnológico, no puede haber alternativas o si los efectos negativos de las alternativas en el medio ambiente y la salud superan sus beneficios para el medio ambiente y la salud. El desarrollo de alternativas a las sustancias nocivas en los equipos electrónicos y eléctricos debe continuar para adaptarlas a las necesidades de salud y seguridad de los usuarios de equipos electrónicos y eléctricos. (12) debido a que la reutilización, renovación y extensión de la vida útil del producto es beneficiosa, es necesario proporcionar las piezas necesarias. (13) las modificaciones del progreso científico y Tecnológico relacionadas con la exención de los requisitos para la suspensión gradual del uso y la prohibición del uso de sustancias nocivas serán realizadas por la Comisión Europea de conformidad con el procedimiento de la Comisión. (14) las medidas necesarias para la aplicación de la presente Directiva se adoptarán de conformidad con el Consejo.1999año6Luna28Díade1999/468/CESe adoptan los procedimientos establecidos en la resolución para aplicar las competencias delegadas a la Comisión Europea. Se aprueba la presente directiva: 第1barraobjetivo El objetivo de esta directiva es alinear las leyes de los Estados Miembros sobre la restricción del uso de sustancias nocivas en los equipos electrónicos y eléctricos, contribuyendo a la protección de la salud humana y al reciclaje y tratamiento de los equipos electrónicos y eléctricos desechados que cumplan los requisitos ambientales. 第2barraalcance 1Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo6En el caso de los artículos, la presente Directiva se aplicará a los artículos de la orden de presentación.2002/96/CEDirectiva..RAEE) ApéndiceⅠUnaPrescrita1、2、3、4、5、6、7y10Categoría de equipos electrónicos y eléctricos, así como bombillas eléctricas domésticas e instalaciones de iluminación. 2. la aplicación de la presente Directiva no será contraria a la legislación comunitaria sobre requisitos de Seguridad y salud y a la legislación comunitaria específica sobre gestión de residuos. 3. Esta Directiva es correcta2006año7Luna1DíaNo son aplicables los componentes de equipos electrónicos y eléctricos comercializados previamente, los componentes de reparación o los componentes de reutilización. 第3barraDefinición A los efectos de la presente directiva, se aplicarán las siguientes definiciones: ()a(...)'.Equipos electrónicos y eléctricos'.O"EEE"Se refiere a los equipos e instrucciones que dependen del funcionamiento de la corriente eléctrica o del campo electromagnético para el funcionamiento normal.2002/.96/.CE()RAEEAnexoⅠUnaLos equipos enumerados en la lista que pueden generar, transmitir y medir corrientes eléctricas y campos magnéticos, y estos equipos están diseñados para no exceder la corriente alterna.1000Voltios, DC no supera1500Voltios; ()b(...)'.Productores'.En referencia a cualquier persona, independientemente de la tecnología de venta utilizada, según el Parlamento Europeo y el Consejo1997año5Luna20DíaSobre la protección de los contratos remotosEl número de consumidores chinos1997/.7/.CELa instrucción Cheng Communications incluye: ()iProducir y vender equipos electrónicos y eléctricos con su propia marca; ii)Volver a vender equipos proporcionados por otros proveedores con su propia marca y, si la marca del productor original se mantiene en los equipos revendidos, tales revendedores no pueden considerarse como los anteriores..i) productores de puntos secundarios; O iii)Se especializa en la importación o exportación de equipos electrónicos y eléctricos a los Estados Miembros. No se puede considerar que los financiadores que solo financian bajo algún tipo de acuerdo financiero'.Productores'.A menos que cumpla con lo anterior..i) a..iii) el punto secundario actúa como productor. 第4barra防止 1. Los Estados miembros garantizarán que2006año7Luna1DíaA partir de entonces, los nuevos equipos electrónicos y eléctricos puestos en el mercado no contienen plomo, cadmio, cromo hexavalente, polibromodiéter..PBDE(...)OPolibromobilbenceno..PBB). Las medidas adoptadas por los Estados miembros de conformidad con la normativa comunitaria antes de la aprobación de la presente Directiva para restringir o prohibir el uso de estas sustancias en equipos electrónicos y eléctricos pueden mantenerse hasta2006año7Luna1Día. 2. Cláusula1No se aplicará a las aplicaciones enumeradas en el anexo. 3. Sobre la base de la propuesta de la Comisión europea, el Parlamento Europeo y el Consejo deben decidir, una vez que se disponga de pruebas científicas, la prohibición de otras sustancias nocivas y la selección de productos que garanticen al menos el mismo nivel de protección al consumidor y que cumplan más los requisitos ambientales como alternativa, de acuerdo con los principios de política Química establecidos en el sexto plan de acción comunitario para el medio ambiente. 第5barraAdaptación al progreso científico y Tecnológico 1. Las modificaciones necesarias para adaptar el anexo al progreso científico y tecnológico con los siguientes fines se adoptarán de conformidad con los artículos.7(2) los procedimientos mencionados se llevan a cabo: ()a) si es necesario, se pueden establecer cláusulas que permitan la inclusión de sustancias y componentes especiales en equipos electrónicos y eléctricos.4(1) el valor de la sustancia mencionada; ()b) los materiales y componentes de los equipos electrónicos y eléctricos pueden desviarse de la sección4Párrafo1) si su eliminación o el uso de alternativas a través de cambios de diseño o el uso de materiales o componentes que no contengan los materiales o sustancias mencionados no son realistas en ciencia y tecnología, o si las alternativas son perjudiciales para el medio ambiente, la salud y la/.O los efectos negativos en la seguridad de los consumidores parecen superar sus efectos en el medio ambiente, la salud y/.O cuando los beneficios de la seguridad de los consumidores; ()c) revisar los accesorios al menos cada cuatro años, o los accesorios cuatro años después de incorporar uno nuevo, con el objetivo de considerar la eliminación de los materiales y componentes de los equipos eléctricos y electrónicos incluidos en los accesorios, si se eliminan o se utilizan sustitutos a través de cambios de diseño o si el uso no incluye un tercer elemento4(1Cuando los materiales y componentes de los materiales o sustancias del párrafo anterior sean técnicamente factibles, siempre que las alternativas sean beneficiosas para el medio ambiente, la salud y la/.O el impacto negativo en la seguridad del consumidor no puede ser mayor que su impacto en el medio ambiente, la salud y/.O los beneficios positivos de los arreglos de los consumidores. 2. Anexo en cumplimiento de los términos1Antes de la modificación, la Comisión Europea consultará específicamente a los productores de equipos electrónicos y eléctricos, recicladores, eliminadores de basura, organizaciones ecologistas y empleados con asociaciones de consumidores. Los resultados de las consultas deben presentarse a los términos7(1) El Comité mencionado. La Comisión Europea tendrá en cuenta las opiniones que reciba. 第6barrarevisar En2005año2Luna13DíaHasta entonces, la Comisión Europea revisará las medidas previstas en la presente Directiva para tener en cuenta nuevas pruebas científicas si es necesario. En particular, la Comisión Europea debe presentar antes de esa fecha para2002/.96/.CE()RAEEAnexo de la DirectivaⅠUnaLista No.8Y recomendaciones para la inclusión de equipos de la categoría 9 en el ámbito de aplicación de la presente directiva. La Comisión estudiará también las disposiciones basadas en hechos científicos y teniendo en cuenta el principio de prevención.4(1) si es necesario ajustar la sustancia media y, si es apropiado, puede hacer recomendaciones al Parlamento Europeo y al Consejo. Se debe prestar especial atención a la inspección de los efectos en el medio ambiente y la salud humana de otras sustancias y materiales peligrosos utilizados en los equipos electrónicos y eléctricos. La Comisión Europea examinará la viabilidad de reemplazar estas sustancias y materiales y, en su momento, ampliará la4El alcance del artículo presenta recomendaciones al Parlamento Europeo y al Consejo. 第7barraComité 1. La Comisión Europea será75/442/CEEnúmeroDirectiva No.18El Comité establecido en virtud del artículo ayuda en su trabajo. 2. Cuando se haga referencia a este párrafo, se aplicará el artículo1999/468/CEResolución No.5Artículo, artículo7Artículo y artículo8Artículo.第1999/468/CEResolución No.5barra6El plazo previsto en el párrafo debe fijarse en3Meses. 3El Comité adoptará sus disposiciones de procedimiento. 第8barracastigo Los Estados miembros decidirán las sanciones adecuadas por las infracciones establecidas en los Estados Miembros en virtud de la presente directiva. Las sanciones impuestas por estas disposiciones deben ser efectivas, moderadas y disuasorias. 第9barraTransición 1.Los Estados Miembros deben:2004año8Luna13DíaAntes de la entrada en vigor de las disposiciones legales, normativas y administrativas necesarias para cumplir con la presente directiva. Y notificar estos inmediatamente a la Comisión Europea.Cuando los Estados Miembros adopten esas medidas, deberán incluir el número de referencia de la presente directiva o acompañarlo cuando se publique en la publicación * de ese país. Los Estados miembros establecerán la forma de marcar este número de referencia. 3. Los Estados miembros notificarán a la Comisión el texto de todas las disposiciones legales, normativas y administrativas establecidas en el ámbito de la presente directiva. 第10barraEntrada en vigor La presente directiva entrará en vigor a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Europea. 第11barraReceptor La presente Directiva se emitirá a los Estados Miembros. 2003año1Luna23DíaCompletado en Bruselas Presidente del Parlamento EuropeoPresidente del Consejo de la UEP. COX G. DRYS ANEXO Exención4(1Aplicación de plomo, cadmio y cromo hexavalente exigidos en el artículo 1. El contenido en las lámparas fluorescentes pequeñas no debe exceder5Miligramos/.Luces; 2. El contenido de las lámparas fluorescentes de tubo recto de uso general no excederá de:-Sal y fosfato 10Miligramos-Trifosfato normal 5Miligramos-Trifosfato de acción prolongada 8Miligramos 3. contenido en lámparas fluorescentes de tubo recto de uso especial; 4. El contenido en otras luces no mencionadas específicamente en este apéndice; 5. contenido de plomo en el vidrio de los tubos de rayos ultravioleta, los componentes electrónicos y los tubos emisores de luz; 6El contenido de plomo en los elementos de aleación del acero alcanza0,35%, el contenido de aluminio alcanza0,4%El contenido de plomo en la aleación de cobre alcanza4%V; 7.- -Plomo en soldadura derretida a temperatura (es decir, más de plomo en aleación de soldadura de estaño y plomo)85%); - -Plomo en la soldadura para servidores, memorias y sistemas de almacenamiento (exención permitida2010Año); - -Plomo en la soldadura en equipos de infraestructura de red para intercambio, señalización y transmisión, así como para la gestión de redes de telecomunicaciones; - -Plomo en productos cerámicos electrónicos (por ejemplo: dispositivos electrónicos de presión); 8- restricciones a la venta y el uso de determinadas sustancias peligrosas y productos preparados en virtud de modificaciones76/769/CEEArtículo de la Directiva No.91/338/CEELa Directiva prohíbe la galvanoplastia de cadmio distinto. 9. cromo hexavalente como conservante del sistema de refrigeración de acero al carbono en refrigeradores absorbentes. 10Según el artículo7(2) La Comisión Europea evaluará la aplicación de los siguientes aspectos del procedimiento mencionado en el artículo: - -Éter de difenilo de taika..Deca BDE); - -En lámparas fluorescentes de tubo recto para fines especiales; - -Plomo en la soldadura utilizada en los siguientes usos: servidores, memorias, infraestructuras de red para el intercambio y la transmisión, equipos de gestión de redes de telecomunicaciones (destinados a establecer plazos específicos para la Sección de exención de la presente directiva); - -Bombillas.En la actualidad, el enfoque es decidir lo antes posible si estos elementos se modifican en consecuencia.
| | |