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El 4 de junio de 2015, el Boletín Oficial de la Unión Europea * emitió la Directiva revisada rohs2.0 (ue) 2015 / 863, que incluyó oficialmente dehp, dbp, bbp y dibp en la lista de sustancias restringidas del apéndice ii, hasta ahora hay diez sustancias obligatorias en el apéndice II. Para más detalles, consulte la siguiente tabla:
 
Después de la publicación de esta directiva modificada, los Estados miembros de la UE deben aprobar y publicar las disposiciones legales, regulatorias y administrativas que la cumplan antes del 31 de diciembre de 2016, y las disposiciones pertinentes deben aplicarse a partir del 22 de julio de 2019.
A partir del 22 de julio de 2021, las restricciones a dehp, bbp, Dep y dibp se aplicarán a dispositivos médicos (incluidos dispositivos médicos in vitro) e instrumentos de monitoreo y control (incluidos instrumentos de monitoreo y control industrial);
Las restricciones a dehp, bbp, DBP y dibp no se aplican a las líneas de conexión y repuesto para reparaciones, reutilización, actualizaciones funcionales o actualizaciones de capacidad de equipos electrónicos y eléctricos puestos en el mercado antes del 22 de julio de 2019.
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